- Abogado, U.N.N.E. Asesoramiento legal y jurídico. Arbitrajes privados para solucionar conflictos y evitar litigios. Cuestiones Civiles, Laborales, de Familia, Sucesiones, Daños, etc.
LO MAS LEIDO
AUTOPLANES. REDUCEN EL 50% DEL VALOR DE LAS CUOTAS
TUS HIJOS TIENEN DERECHO A UNA CUOTA ALIMENTARIA
- Obtener enlace
- X
- Correo electrónico
- Otras aplicaciones
¿SABIAS QUE YA NO SE NECESITA UN MOTIVO PARA DIVORCIARTE?
El divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges.
Si bien ya no existen causales para solicitar el divorcio (divorcio incausado), cualquiera de los cónyuges, sin aducir motivo alguno y sin un plazo establecido para ello, puede solicitar que se decrete el divorcio.
Presentarte ante el juez pidiendo el divorcio.
¿Es necesario que haya una causa que justifique mi pedido de divorcio?
No. Antes se exigía una causa para justificar el pedido: adulterio, injurias, abandono, etc. Hoy no es necesario: podés divorciarte porque querés hacerlo y punto.
Para pedir el divorcio, ¿es necesario esperar un tiempo desde la celebración del matrimonio?
No, podés divorciarte en cualquier momento. No hay que esperar que pase un tiempo de casados.
¿Tengo que cumplir con algún requisito?
Sí. Con el pedido de divorcio tenés que acompañar una propuesta que indique quién se queda viviendo en la casa, cómo se distribuirá el tiempo con los hijos, lo relacionado con la cuota alimentaria, etc.
Divorcio unilateral
¿Puedo divorciarme aunque mi pareja no quiera?
Sí. Siempre que presentes la propuesta para regular los efectos del divorcio.
¿Qué puede hacer mi pareja si no quiere divorciarse?
No puede oponerse al divorcio, pero puede presentar una propuesta que regule los efectos del divorcio distinta a la tuya.
Divorcio conjunto
¿Podemos divorciarnos los dos de común acuerdo?
Sí, los dos pueden presentarse ante el juez para pedir el divorcio. Tienen que presentar la propuesta reguladora de los efectos del divorcio.
- Obtener enlace
- X
- Correo electrónico
- Otras aplicaciones

Comentarios
Publicar un comentario